Días de vacaciones no utilizados, ¿qué derechos y obligaciones tienes?

En Galende Buzón Abogados, expertos en derecho laboral, recibimos muchas consultas sobre los periodos vacacionales. Por eso, hemos decidido brindarte una guía para que conozcas los derechos y obligaciones que tienes como empleado en relación con tus días de vacaciones no utilizados.

Las vacaciones son un derecho inalienable

La Constitución Española recoge, en su artículo 40.2, el derecho al descanso. Así es que, todas las personas con una relación laboral, tienen derecho a diferentes descansos: un descanso diario, uno semanal y uno anual.

En virtud del artículo 38 del Estatuto de trabajadores se establece que un trabajador deberá disfrutar de, al menos, 30 días naturales al año. Este periodo es conocido como vacaciones. 

El número de días vacacionales no variará en virtud del tipo de contrato que tengas; contarás con el mismo número de días aunque tengas jornada parcial o reducción de jornada.

Dichas vacaciones se pueden fraccionar en varios periodos, pero el trabajador tiene el derecho a exigir que, al menos uno de esos periodos, sea de dos semanas consecutivas.

Las vacaciones no pueden sustituirse por compensación económica

La empresa no puede impedir al trabajador el disfrute de sus vacaciones, ni sustituirlas por el cobro de las mismas. El artículo 38 del Estatuto de los trabajadores estipula que las vacaciones no son compensables económicamente, salvo algunas excepciones.

En caso de despido, las vacaciones generadas y no disfrutadas se deben abonar en el finiquito.

Los periodos vacacionales se generan siempre por año natural, es decir, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Si un trabajador tiene un contrato inferior a un año, tendrá derecho al número de días de vacaciones correspondientes. En términos generales, podemos decir que, por cada mes trabajado, el trabajador genera 2,5 días de vacaciones.

Hay que tener en cuenta un dato importante: las vacaciones deben disfrutarse dentro del mismo año natural que se generan. Si no, podrían perderse, aunque según el caso, podrían ser retribuidas.

Asimismo, si tienes días de vacaciones no utilizados por motivos ajenos a ti, es decir, a causa de la empresa, podrás exigirlas mientras dure la relación laboral o exigir su cobro si finalizas el contrato antes de disfrutarlas.

Días de vacaciones no utilizados, ¿qué derechos y obligaciones tienes?

Las vacaciones no se pueden negar ni disminuir

 El artículo 58.3 del estatuto de los trabajadores establece que no se pueden imponer sanciones que resulten en la reducción de las vacaciones de los trabajadores ni de sus otros descansos, ya sean diarios o semanales.

  • Tampoco te podrán descontar días de vacaciones por faltas injustificadas. En ese caso, la empresa podrá exigirte recuperar el tiempo perdido, descontártelo de la nómina e incluso, si es el caso, sancionarte con días de empleo y sueldo.
  • Como el derecho a vacaciones se produce al existir una relación laboral, aunque no se realice un trabajo efectivo, se siguen generando días de vacaciones. Es decir, en periodos durante los cuales el trabajador no realiza un trabajo real, debido a cuestiones tales como enfermedad, accidente o maternidad/paternidad, se están generando vacaciones. 
  • No perderás días de vacaciones si estás de baja, sea esta por causa laboral o común. Si te quedas de baja, con el motivo que sea, y algún día coincide con días de vacaciones, estos días no se pierden. Tendrás derecho a disfrutar de esos días de vacaciones hasta 18 meses después de que acabe al año al que corresponden.
  • Tampoco sufrirás descuento en tus vacaciones si disfrutas de una incapacidad temporal debida a un embarazo, parto, lactancia natural o paternidad. Es más, tendrás derecho a disfrutar esos días una vez que te reincorpores a la vida laboral, aunque haya finalizado el año natural al que correspondan.
  • Esto es aplicable asimismo a periodos de huelgas colectivas.

Como las relaciones laborales son muy variadas, hay muchos casos particulares y excepciones que se deben matizar, para un correcto disfrute de tus derechos. Por eso, desde Galende Buzón Abogados, como expertos en derecho laboral, ponemos todo nuestro saber para resolver tus dudas y defender tus derechos.

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