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Una de las especialidades de Galende Buzón Abogados es el asesoramiento a empresas en el ámbito laboral. La pandemia provocada por la Covid-19 ha supuesto la implementación de muchas medidas de adaptación en diferentes ámbitos de la sociedad. Una de las cuestiones que hemos detectado últimamente es la que da título a este artículo, ¿puede una empresa despedir a un trabajador por no estar vacunado?

En España se antepone la voluntariedad a la hora de vacunarse

Los titulares de los periódicos hace unos meses contaban como importantes compañías de los Estados Unidos como  Citi, Google o JP Morgan habían anunciado que despedirían a los empleados que se negasen a vacunarse. Algo que ocurría también en otros lugares del mundo. En un país, más cercano a nosotros, como es Italia, la vacunación es un requisito indispensable para los profesionales de ciertos sectores considerados sensibles como médicos y profesores. Mientras que en Francia la legislación permite condicionar las ofertas de trabajo a la vacuna solamente  en el sector de profesionales sanitarios o asistencia domiciliaria a enfermos.

Como vemos, la normativa varía en función de los diferentes países. En el nuestro, la vacunación se ha considerado como algo muy importante. De hecho, es el único modo conocido de poder hacer frente al virus consiguiendo lo que se ha denominado inmunidad de rebaño. Pero la vacunación no es obligatoria

Nuestro sistema normativo antepone la libertad de las personas a la hora de decidir si quieren o no vacunarse. Por lo tanto, las empresas deben respetar la decisión de cada trabajador. Es decir, en ningún caso la decisión de no vacunarse puede ser una causa de despido.

El hecho de despedir a un trabajador que ha decidido no vacunarse atentaría contra dos de los derechos fundamentales recogidos en nuestras leyes, el derecho al trabajo y a la intimidad. Se trataría de un despido nulo que, de ir a juicio, obligaría a la empresa a su readmisión, pagándole los salarios que hubiese dejado de percibir y con la posibilidad añadida de una indemnización económica.

Las empresas pueden tomar medidas para hacer más seguros los espacios de trabajo

Para establecer que la vacunación fuese obligatoria para toda la población, el Estado tendría que justificar clara y fundadamente que se trata de una medida necesaria, idónea, eficaz y proporcional.

La empresa si tiene derecho a preguntarle al trabajador si está o no vacunado, atendiendo a la necesidad de regulación en materia de prevención de riesgos laborales para garantizar la seguridad en el centro de trabajo. Sin embargo, debe hacerlo de manera proporcional, ya que se trata de información médica y por lo tanto es sensible. Las empresas deben tratar este tipo de datos bajo las previsiones de la Ley de Protección de Datos. Por otro lado, el trabajador tiene el derecho de negarse a responder.

Una medida que han decidido implementar algunas empresas es la de modificar las condiciones de trabajo de aquellos empleados que hayan renunciado a vacunarse, intentando que su contacto con otras personas se minimice. Por ejemplo, en nuestro país, la empresa Seat habilitó en el comedor una zona para los empleados no vacunados, buscando mantener la operatividad de la compañía. Sin embargo, es interesante saber que si un empleado no está conforme, esta medida también podría ser impugnada ante un juzgado si el juez la considerase discriminatoria.

La mayoría de las empresas han desarrollado protocolos buscando que los espacios de trabajo sean lo más seguros posible, proporcionando materiales preventivos como mascarillas y gel, aumentando la ventilación, asegurando la distancia de seguridad interpersonal o facilitando la realización de pruebas de diagnóstico.

En Galende Buzón Abogados, dentro de nuestra labor de asesoramiento a empresas,  estamos muy concienciados en ayudarte a diseñar una correcta planificación de los recursos humanos de tu empresa. Estamos disponibles para resolver todas tus dudas.

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