Si sospechas que el patrimonio que vas a heredar puede tener deudas, no te preocupes. Nuestros abogados especialistas en herencias en Madrid han recopilado la información sobre cómo proceder para saber si una herencia efectivamente tiene deudas y han preparado una serie de consejos para evitar heredarlas.
Las formalidades relacionadas con una herencia son siempre complejas y tienen ciertas limitaciones legales, por eso se vuelve imprescindible conocerlas antes de tomar la decisión de aceptar o no una herencia y formalizar la decisión en las formas y los plazos requeridos.
Infórmate de la situación financiera del fallecido
De acuerdo con el Código Civil, en su artículo 659, la herencia está constituida por todos los bienes y derechos, pero también por todas las obligaciones del difunto. Por ello, los herederos pueden aceptar o repudiar el legado en su totalidad, no en parte ni condicionalmente.
Eso quiere decir que las deudas también se heredan: son las llamadas deudas hereditarias, obligaciones o compromisos adquiridos por la persona fallecida mientras estaba viva, y que pasan a los herederos legales a su muerte.
En general, las deudas bancarias, como las tarjetas de crédito o los préstamos personales, se cancelan automáticamente cuando el titular fallece, siempre y cuando no haya un avalista o un cotitular que responda por ellas. Para ello, se debe presentar el certificado de defunción y el acta de últimas voluntades ante la entidad financiera correspondiente.
Sin embargo, hay otras deudas que no se extinguen por el fallecimiento, como las hipotecas, los impuestos o las cuotas a la Seguridad Social. Estas deudas se transmiten a los herederos junto con el resto del patrimonio.
Teniendo esto en cuenta, es conveniente que te informes sobre la situación financiera del fallecido, pudiendo solicitar documentos en diferentes registros, como el Registro Civil, el Registro de Testamentos, el Registro de Seguros y el Archivo General de Documentos Notariales.
También puedes consultar al Banco de España si el fallecido tenía algún préstamo o tarjeta vigente.
Si aun con todo ello, una vez aceptada la herencia, surgieran nuevas deudas que desconocías, podrás solicitar la nulidad de la aceptación de la herencia., pero tendrás que demostrar que no tenías suficiente información, que hubo mala fe u ocultamiento de datos.
¿Qué opciones tienes en el caso de heredar deudas?
Ten claro que, puedes optar por aceptar la herencia con deudas o rechazarla, independientemente de lo que hayan decidido los fallecidos.
- Si aceptas la herencia, esta aceptación incluirá las deudas y tendrás la obligación de saldarlas. Esto implica que te haces responsable de la carga, tanto con los bienes que has heredado como con los tuyos propios. La aceptación puede ser expresa o tácita.
- Si rechazas la herencia, renunciarás no solo a las deudas sino a los bienes heredables. Esto significa que renuncias a todo lo que te corresponde por ley y no tienes que pagar nada. La renuncia debe ser expresa y ante notario.
- También tienes la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario. Esto significa que solo respondes por las deudas hasta el límite del valor de los bienes que has recibido. Es decir, no pones en riesgo tu patrimonio personal. Para ello, debes solicitar al juez que se haga un inventario de los activos y pasivos del fallecido.
- Existe otra alternativa, solicitar el derecho a deliberar. Si solicitas este derecho, tendrás un periodo de tiempo determinado para decidir si aceptar o rechazar la herencia.
En estos dos últimos casos, debes saber que se requieren trámites más complejos y se exige cumplir con varios plazos. Debe hacerse ante notario o judicialmente, aunque se suele recomendar seguir la segunda para que se pueda convocar a todos los posibles acreedores.
Heredar una deuda puede ser una situación complicada que traiga más de un quebradero de cabeza. Desde Galende Buzón Abogados, expertos en sucesiones y herencias, nos aseguramos de que tengas toda la información financiera y legal, asesorándote en todo momento para que puedas tomar la decisión que más te beneficie. ¡Contáctanos!