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El asesoramiento a empresas en todos los ámbitos es una de las especialidades de Galende Buzón Abogados. Contar con un correcto asesoramiento fiscal puede ahorrarte muchos quebraderos de cabeza. Hoy queremos darte unas pautas básicas sobre los pasos que debes dar si te estás planteando crear una Sociedad Limitada (SL).

Lo cierto es que existen diferentes fórmulas jurídicas a la hora de crear una empresa y deberás valorarlas antes de tomar una decisión, pues todas tienen sus pros y sus contras. En general, por sus características, la Sociedad Limitada o la Sociedad de Responsabilidad Limitadas son las más rápidas y recomendables para los pequeños empresarios.

Cuatro requisitos imprescindibles para constituir una Sociedad Limitada

En primer lugar, debes plantearte si cumples con los cuatro requisitos básicos para constituir una sociedad limitada. Son estos:

  • Contar con un certificado negativo de denominación social. Este debe pedirse en las oficinas del Registro Mercantil Central, sirve para acreditar que no existe otra Sociedad que tenga el mismo nombre que la vamos a constituir. Hoy en día, este es un trámite que se puede realizar online desde la página web de este organismo. Ten en cuenta que debes presentar un documento en el que figuren tres posibles nombres para tu empresa. Si en seis meses no haces uso del nombre, pasará a estar disponible de nuevo para quien quiera utilizarlo.
  • Contar con un capital social mínimo de 3000 €. Esta es la cantidad mínima que se exige para poder crear una SL, pero no importa que se trate de dinero en efectivo o de otro tipo de bienes, tanto muebles como inmuebles.
  • Contar con una cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad, en ella se hará el depósito del dinero correspondiente a la sociedad.
  • Todos los miembros de la sociedad y los administradores tienen que tener DNI o NIE.

Siguientes pasos que se deben dar para constituir la S.L.

Una vez que has cumplido con estos requisitos básicos debes redactar los estatutos sociales de la SL. Se trata de un documento que recoge la estructura, el funcionamiento interno y las normas que regirán la sociedad. Este documento se incluye en la escritura de constitución de la SL que se inscribirá en el Registro Mercantil. Como decimos, recoge toda la información básica, desde la denominación de la empresa, el domicilio social, la fecha de inicio y la duración de la actividad, el objeto social. Al capital inicial de la sociedad y la política de participaciones de los diferentes socios. Pasando por la relación entre los socios, cómo será el reparto de los beneficios o cómo se pueden cambiar los estatutos de la SL.

Dada su importancia y naturaleza, por lo general, la redacción de los estatutos es algo que solemos hacer los abogados o los notarios.

Para formalizar la escritura de la Sociedad Limitada, todos los socios deben acudir a la firma en la notaría con los documentos pertinentes.

Posteriormente, habrá que acudir a las oficinas de Hacienda para solicitar el NIF provisional de la empresa, las etiquetas y las tarjetas de identificación. Después de seis meses ya se podrá obtener el CIF definitivo.

El siguiente paso será darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para informar sobre el inicio de la actividad. También hay que darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, para lo que se debe cumplimentar el Modelo 036.

Por otro lado, los integrantes de la sociedad tienen que inscribirse en el Registro Mercantil Provincial, presentando la copia de la escritura de constitución de la sociedad y el NIF provisional.

Como expertos en asesoramiento fiscal, en Galende Buzón Abogados te ayudaremos y asesoraremos en todos los pasos que debes dar a la hora de crear una Sociedad Limitada

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