Rupturas de parejas de hecho, ¿son iguales que un divorcio?

Las parejas de hecho son aquellas que conviven de forma estable y pública sin estar casadas. A menudo pensamos que este tipo de uniones son más fáciles y menos complicadas a la hora de una ruptura. Pero desde Galende Buzón, bufete de abogados de familia en Madrid, te aclaramos que, en la mayoría de los casos, no es así. 

Diferencias entre la ruptura de una pareja de hecho y un divorcio

Las parejas de hecho no tienen los mismos derechos y obligaciones que las parejas casadas, y su ruptura tampoco se rige por las mismas reglas que el divorcio.

En España, al contrario que ocurre con el matrimonio legal, que es igual en todo el Estado, la unión de las parejas de hecho depende jurídicamente de cada Comunidad Autónoma.

Esto hace que, en muchas ocasiones, una ruptura de pareja de hecho puede ser incluso más complicada que la de un matrimonio, sobre todo si existen hijos en común. Por ello, es importante ponerse en manos de un buen abogado experto en derecho de familia si pensamos en romper nuestra pareja de hecho.

La principal diferencia es que la ruptura de una pareja de hecho no requiere de un proceso judicial, salvo que haya hijos menores o incapacitados en común.

En ese caso, el procedimiento será similar al seguido en un divorcio. Se deberá acudir al juez para establecer las medidas relativas a la guarda y custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos y el uso de la vivienda familiar.

Si no hay hijos, la pareja puede disolver su unión de forma voluntaria y consensuada, comunicándolo al registro correspondiente y liquidando el régimen económico que hayan pactado.

  • La ruptura de una pareja de hecho no implica el derecho a una pensión compensatoria por parte del miembro más desfavorecido económicamente.
  • Tampoco se reconoce el derecho a la pensión de viudedad en caso de fallecimiento de uno de los miembros, salvo que se cumplan ciertos requisitos.
  • Además, no afecta al régimen fiscal de los miembros, que seguirán tributando como solteros.
Rupturas de parejas de hecho, ¿son iguales que un divorcio?

Aspectos a tener en cuenta al romper una pareja de hecho

Aunque, a priori, la ruptura de una pareja de hecho sea más sencilla, no debes descuidarte. Con o sin hijos fruto de esta unión, hay que tener en cuenta varios aspectos legales para evitar problemas futuros. A continuación, te apuntaremos los más habituales.

  • Es recomendable formalizar la ruptura mediante un documento privado o público, donde se recojan los acuerdos a los que haya llegado la pareja sobre el reparto de bienes, las deudas, el uso del domicilio común o la custodia de las mascotas.
  • Si existen hijos en común, se debe acudir al juez para regular su situación y garantizar su bienestar. También se puede optar por un proceso de mediación familiar para llegar a un acuerdo extrajudicial.
  • En el caso de que exista un contrato o pacto de convivencia, se debe respetar lo establecido en el mismo o modificarlo de mutuo acuerdo. Si no hay contrato o pacto, se aplicará lo dispuesto por la legislación autonómica correspondiente.
  • Ante la existencia de bienes gananciales o en proindiviso, se debe proceder a su liquidación y reparto. Si hay desacuerdo sobre el valor o la adjudicación de los bienes, se puede solicitar la intervención judicial.
  • Si la pareja tiene cuentas bancarias conjuntas, deben cancelarlas o modificar su titularidad. Lo mismo ocurre con los seguros, las hipotecas o los servicios contratados a nombre de ambos.

Como has podido comprobar, la ruptura de una pareja de hecho no es igual que un divorcio, pero tampoco es un trámite sin consecuencias legales.

Por eso, desde Galende Buzón, despacho de abogados de divorcios en Madrid, te aconsejamos buscar asesoramiento profesional. Es fundamental acudir a un abogado para asegurarte de que todo esté en orden, evitando así posibles problemas de índole económica, jurídica o social. Además,, la actuación de un buen abogado conseguirá que una situación tan delicada sea lo más favorable y cómoda para ambas partes.

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